EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 244
Articulo 1º: Autorizase al D.E a gestionar el otorgamiento de un crédito ampliatorio, conforme la Ley 5548, para la financiación del Nuevo Cuerpo del Edificio Municipal, hasta la suma de cuatrocientos mil Pesos Moneda Nacional de curso Legal.-
Artículo 2º: De forma.-
Dada 29/12/52