EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 184

 

Artículo 1º: Autorizase al D.E a eximir de los derechos de cementerio por inhumaciones e Introducción de otros Distritos, a los afiliados de Obra Social Naval que se depositen en su Panteón en el Cementerio de Punta Alta.-

Artículo 2º: De forma.-

 

Dada 1/6/51

res 88/51