EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 184
Artículo 1º: Autorizase al D.E a eximir de los derechos de cementerio por inhumaciones e Introducción de otros Distritos, a los afiliados de Obra Social Naval que se depositen en su Panteón en el Cementerio de Punta Alta.-
Artículo 2º: De forma.-
Dada 1/6/51
res 88/51