EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº135
Artículo 1º: Aceptase la donación ofrecida por el Señor Gabriel Ganuzza Lizarriaga, con domicilio legal en la calle 11 de Abril Nº13 de la ciudad de Bahía Blanca, de una fracción de terreno de cien metros frontales de playa, por unos doscientos metros de fondo, totalizando unos veinte mil metros cuadrados de tierra , que se destinarán exclusivamente a un Balneario Municipal, situado en el paraje de Villa del Mar (Partido de Coronel Rosales).-
Artículo 2º: De forma.-
Dada 19/5/50
res 44/50