EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

 ORDENANZA Nº118

 

Artículo 1º: Aceptesé, por parte de sus propietarios, las donaciones de tierra necesarias para dar a las calzadas y veredas comprendidas en la calle 25 de Mayo, 9 de Julio a 11 de Septiembre, del lado de la numeración par, el ancho total y normal de 16 metros.-

Artículo 2º: Concédese como medida de benevolencia una quita del 30% y por el termino de 5 años, de los impuestos por servicios públicos, correspondientes a las propiedades afectadas por las donaciones del artículo 1º.-

Artículo 3º: De forma.- 

 

Dada el 9/9/49

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