EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº106
derogada por ordenanza nº 372
Impone a los propietarios de terrenos baldíos comprendidos en los radios primero y segundo la obligación de construir cercos y veredas según lo establece la respectiva ordenanza, y de mantener a sus respectivas parcelas en cumplimiento de las condiciones de higiene adecuadas.-
Dada 17/7/49
res 106/49