EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº106

derogada por ordenanza nº 372

 

Impone a los propietarios de terrenos baldíos comprendidos en los radios primero y segundo la obligación de construir cercos y veredas según lo establece la respectiva ordenanza, y de mantener a sus respectivas parcelas en cumplimiento de las condiciones de higiene adecuadas.-

 

Dada 17/7/49

res 106/49