EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº83
Derogada por Ordenanza Nº 165.-
Articulo 1º: Autorizase al D.E a ceder por el termino de 99 años, la ocupación de una fracción de terreno ubicada en la sección IV del cementerio local , compuesta de 45 metros por 43 metros, con destino a la construcción de un Panteón para la sepultura de los afiliados a la Obra Social del Ministerio de Marina.-
Articulo 2º: De forma.-
Dada 22/4/49
res 84/49