EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº83

Derogada por Ordenanza Nº 165.-

 

Articulo 1º: Autorizase al D.E a ceder por el termino de 99 años, la ocupación de una fracción de terreno ubicada en la sección IV del cementerio local , compuesta de 45 metros por 43 metros, con destino a la construcción de un Panteón para la sepultura de los afiliados a la Obra Social del Ministerio de Marina.-

Articulo 2º: De forma.-

 

Dada 22/4/49

res 84/49