EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº13
Autoriza al D.E a tomar posesión de todo terreno que se encuentre situado dentro del Partido, que se encuentre abandonado, según el Artículo 85 de la ley 4687, de las Municipalidades.-
Dada 18/6/48.-
res 110/48