EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
 
 
ORDENANZA Nº 5
 
Artículo 1º: Créase la Comisión Municipal de Box, la que estará integrada por cinco (5) personas; tres en representación de la Municipalidad y dos (2) por la Dirección de Educación Física del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales. Los representantes de la Municipalidad serán designados por el Departamento Ejecutivo.
 
Artículo 2º: Cuando la concertación de espectáculos de box, sea realizada por un promotor particular, deberá el mismo presentar a la Comisión, documentos de identidad personal, constituir domicilio en esta ciudad y depositar o hacerse afianzar por una cantidad de dinero que fijará la Comisión de acuerdo a la importancia del festival.
 
Artículo 3º: La Comisión Municipal debe velar por la fiscalización, desarrollo, honestidad y corrección de todos los espectáculos de box que se realicen en esta ciudad y su Partido, cuya jurisdicción se extiende tanto a los espectáculos de aficionados como de profesionales, los que deberán ajustarse íntegramente a las disposiciones que dicte la misma.
 
Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente Ordenanza.
 
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
 
DADA EL 11/06/48.
PROMULGADA POR RESOLUCION 97/48