EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 1.216
modificada por ordenanza nº 1808
modificada por ordenanza nº 2464
Artículo nº1: Dónase al Círculo de Oficiales de Gendarmería Nacional, una fracción de terreno Municipal que forma parte del bien ubicado en las calles números 7,4 y Avenida San Martín del Banleario Municipal de Pehuén Có del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales; identificado catastralmente como circunscripción VII, Sección A, Manzana 88, Parcela 2, compuesto de 57m de frente al sur, sobre calle nº 4, 29,25m al oeste sobre calle nº 7 , incluidas las ochavas, 54,98m en su contrafrente este lindando con el remanente de su parcela, donde se halla la Delegación Municipal, la que será destinada a la construcción de un alojamiento y comedor para el personal de oficiales.
Artículo nº2: Determínase que la donación a que se refiere el artículo nº1 se efectúa con cargo de realizar la construcción aludida, estableciéndose un plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días para la indicación de las obras, produciéndose la retrocesión del dominio a esta Comuna, en caso de incumplimiento.
Artículo nº3: Los gastos que demande la escrituración del bien donado, estarán a cargo de la parte beneficiada.
Artículo nº4: Cúmplase, registrese y publíquese.
SANCIONADA A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS.