EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.239


Artículo nº1: Modificase el artículo 2º de la Ordenanza nº 1229 de fecha 23 de marzo del corriente año, en virtud de lo expuesto en el Visto Considerando de la presente, el que quedará redacta-do de la siguiente manera:
“Artículo nº2: Designase al Sr. Agrimensor NESTOR RAUL GALLEGO, L.E. 5507193, matrícula provincial 17.256, a efectos de amojonar el terreno en el acto de efectivización de la medida ordenada en el artículo anterior quien queda facultado para llevar a cabo en nombre de este Municipio los actos necesarios para concretar la citada apertura.”

Artículo nº2: Cúmplase, regístrese y publíquese.

 

SANCIONADA 12/7/83