EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1.221

 


Fijando los montos para las multas establecidas para los vehículos que infrinjan los Artículos que detalla de la Ley 5.800, y la Ley 8.751.-
Deroga toda ordenanza anterior que se oponga a la presente.-

SANCIONADA A LOS TRES DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS OCHEN-TA Y TRES.