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2016 vigentes

Ordenanza nº3599

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norberto
2016 vigentes
24 Abril 2026
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POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA 3599

Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por la Ordenanza 4424

Artículo 1º: (Texto según Ordenanza 4424) Prohíbase el estacionamiento vehicular sobre el margen de los números pares de la calle Moreno, entre Alem e Hipólito Yrigoyen, las 24 horas del día. 

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo a través de la Dirección de Tránsito y Transporte procederá a la colocación de la señalización correspondiente en el sector mencionado. 

Artículo 3º: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. 

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese. Dese al Boletín Municipal, Hecho Archívese.-


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE  CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS

Ordenanza nº3600

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norberto
2016 vigentes
24 Abril 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3600

 
Artículo 1º: Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza 3405, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1º:  Establécese el estacionamiento por tiempo medido y pago en la zona céntrica de la ciudad de Punta Ata. A los fines de la aplicación de la presente Ordenanza, se entenderá por zona céntrica de la ciudad el área comprendida por las calles:
•    Mitre, entre Colón y Espora
•    Rivadavia, entre Colón y Bouchard
•    Bernardo de Irigoyen, entre Colón y Bouchard
•    Urquiza, entre Colón y Espora
•    Colón, entre Mitre y Urquiza
•    Humberto Primo, entre Rosales y Luiggi
•    Roca, entre Rosales y Luiggi
•    25 de Mayo, entre Rosales y Luiggi
•    Paso, entre Rosales y Luiggi
•    Brown, entre Rosales y Luiggi
•    Murature, entre Rosales y Luiggi
•    Espora, entre Mitre y Urquiza
Dentro del área específicamente determinada, el Departamento Ejecutivo tendrá facultad para realizar las modificaciones pertinentes”.-

Artículo 2°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES  EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA  A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.

Ordenanza nº3601

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norberto
2016 vigentes
24 Abril 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3601


Texto actualizado de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza 4077, en virtud de la Ley Provincial Nº 14.519, relacionada con la correcta denominación de las personas con discapacidad

Artículo 1º: Modifícase el Artículo 11º de la Ordenanza 3405, el que quedará redactado de la  ---------------- siguiente manera:
“Artículo 11º: Quedan exceptuados del régimen del estacionamiento medido y pago:

a)    Los vehículos de policía, bomberos, ambulancia y hasta un vehículo por medio de prensa, debidamente identificado, en el cumplimiento de sus servicios específicos.
b)    Los vehículos afectados al servicio de remis en las paradas frente a sus respectivas agencias y dentro de las limitaciones establecidas en la Ordenanza reglamentaria de la actividad y los taxis en sus respectivas paradas.
c)    Las personas con discapacidad de acuerdo a lo prescripto en la Ley 22.431 y sus modificatorias.-
d)    Los vehículos de frentistas de viviendas unifamiliares ubicadas en la zona céntrica, en el frente/espacio de su garaje, siempre y cuando este se utilice para la entrada y salida de vehículos; y el estacionamiento este permitido sobre esa mano y sector. Los espacios destinados deberán estar debidamente señalizados con el número de patente correspondiente, siguiendo las normativas que a su respecto disponga el Departamento Ejecutivo.”.-

Artículo 2°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES  EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA  A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.

Ordenanza nº3602

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norberto
2016 vigentes
24 Abril 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3602


Artículo 1º: Créase en el ámbito de la Municipalidad de Coronel Rosales, el “Coro Municipal de Lenguas de Seña”, dependiente de la Secretaría Acción Social.-

Artículo 2º: Tendrá como finalidad promover y desarrollar actividades públicas de interés comunitario, de carácter político, artísticas, culturales, educativas, solidarias y recreativas de integración e inclusión tanto de personas sordas como oyentes.-

Artículo 3º: El Coro Municipal de Lengua de Señas llevará a cabo sus actividades prácticas en el SUM (Salón de usos múltiples) de la Secretaria de Acción Social. La actividad artística y docente, se desarrollara los días y en los horarios que fije la reglamentación cuidando que resulte coordinada y armónica con el resto de las actividades que allí se realicen.-

Artículo 4º: El Coro Municipal de Lengua de Señas podrá participar en: los actos municipales interpretando el Himno Nacional Argentino y el Himno a Punta Alta; jornadas benéficas de nuestra comunidad; actos en establecimientos educativos; eventos de los centros de residentes provincianos y otros.-

Artículo 5º: Al frente del Coro creado por la presente, se designará un Coordinador-Docente en calidad de Ad honorem y será el responsable de la actividad artística, pedagógica y administrativa de la misma.-

Artículo 6º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a efectuar las adecuaciones e imputaciones presupuestarias que resulten necesarias para implementar la presente Ordenanza.-

Artículo 7°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES  EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA  A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.

Ordenanza nº3603

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norberto
2016 vigentes
24 Abril 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3603

 
Artículo 1º: Adhiérase a la Ley Nacional 27.218 y sus respectivas modificatorias y reglamentaciones por las cuales se implementa un régimen tarifario específico para las entidades de Bien Público en función de la descripción de las mismas establecida por la Ordenanza 1227/83.-

Artículo 2º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a fin de realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente, disponiendo a su vez la reglamentación de la misma.-

Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES  EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA  A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.

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