EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3600

 
Artículo 1º: Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza 3405, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1º:  Establécese el estacionamiento por tiempo medido y pago en la zona céntrica de la ciudad de Punta Ata. A los fines de la aplicación de la presente Ordenanza, se entenderá por zona céntrica de la ciudad el área comprendida por las calles:
•    Mitre, entre Colón y Espora
•    Rivadavia, entre Colón y Bouchard
•    Bernardo de Irigoyen, entre Colón y Bouchard
•    Urquiza, entre Colón y Espora
•    Colón, entre Mitre y Urquiza
•    Humberto Primo, entre Rosales y Luiggi
•    Roca, entre Rosales y Luiggi
•    25 de Mayo, entre Rosales y Luiggi
•    Paso, entre Rosales y Luiggi
•    Brown, entre Rosales y Luiggi
•    Murature, entre Rosales y Luiggi
•    Espora, entre Mitre y Urquiza
Dentro del área específicamente determinada, el Departamento Ejecutivo tendrá facultad para realizar las modificaciones pertinentes”.-

Artículo 2°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES  EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA  A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.