EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 3600
Artículo 1º: Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza 3405, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1º: Establécese el estacionamiento por tiempo medido y pago en la zona céntrica de la ciudad de Punta Ata. A los fines de la aplicación de la presente Ordenanza, se entenderá por zona céntrica de la ciudad el área comprendida por las calles:
• Mitre, entre Colón y Espora
• Rivadavia, entre Colón y Bouchard
• Bernardo de Irigoyen, entre Colón y Bouchard
• Urquiza, entre Colón y Espora
• Colón, entre Mitre y Urquiza
• Humberto Primo, entre Rosales y Luiggi
• Roca, entre Rosales y Luiggi
• 25 de Mayo, entre Rosales y Luiggi
• Paso, entre Rosales y Luiggi
• Brown, entre Rosales y Luiggi
• Murature, entre Rosales y Luiggi
• Espora, entre Mitre y Urquiza
Dentro del área específicamente determinada, el Departamento Ejecutivo tendrá facultad para realizar las modificaciones pertinentes”.-
Artículo 2°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.