EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE:

ORDENANZA 2823


Artículo 1º : Modifícase el Artículo 13ro. De la Ordenanza Nº 2811, el que quedará redactado de la forma que a continuación se transcribe:
“ Artículo 13ro.: A los fines dispuestos en el Artículo 3ro. El plazo para formalizar el acogimiento se extiende hasta el 30 de Junio de 2002 para lo cual el contribuyente deberá presentarse en el Departamento de Asuntos Legales para suscribir los respectivos formularios de acogimiento al plan que por esta ordenanza se instrumenta”.

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE  MAYO   DEL AÑO DOS MIL DOS.