EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA 4278
Artículo 1º: La presente ordenanza tiene como objetivo regular el estacionamiento vehicular en zona costera y adyacente en la localidad de Pehuén-Co
Artículo 2°: Se prohíbe el estacionamiento de vehículos, uno detrás del otro sobre la Avenida “Avelino González Martínez-” entre las calles Avenida San Martin y la bajada del arbolito, sobre el denominado margen de tamariscos.
Artículo 3°: El estacionamiento en el sector mencionado en el art 2 deberá realizarse a 45°.
Artículo 4°: Establézcase en el sector mencionado en el art 2 por cada bajada un espacio reservado para vehículos de personas con discapacidad.
Artículo 5°: Autorícese el estacionamiento a 45 ° sobre ambas manos de la calle San Martín entre Huaglen y Av. González Martínez y en calle San Martín entre calle La Argentina y Av. Avelino González Martínez, inclúyase el boulevard con estacionamiento en 45 °.
Artículo 6°: Prohíbase el estacionamiento de vehículos en la mano norte (sobre el frente de viviendas) de la calle Av. Costanera Avelino González Martínez entre las calles San Martín y Rosales.
Artículo 7°: Prohíbase el estacionamiento vehicular en ambas manos, en el sector de Avenida Ameghino entre calle 8 y Avenida González Martínez.
Artículo 8°: Delimítese 1/3 de la arteria de la Avenida Ameghino entre calle 8 y Avenida González Martínez para tránsito peatonal exclusivo y 2/3 de la citada arteria para ascenso y descenso de vehículos 4x4.
Artículo 9°: Se faculta al Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Tránsito o quien en el futuro la reemplace, a:
- Colocar en el sector que se menciona en el art 2 , en las bajadas que se detallan cartelería que indique “ PROHIBIDO ESTACIONAR- SOLO EMERGENCIAS” , a saber sobre las siguientes bajadas: Rosales, Malvinas, Azopardo, Brown, Buchardo, Espora y San Martín
-Colocar en la zona mencionada en el artículo 8 la señalización que éste establece.
-Colocar cartelería “PROHIBIDO ESTACIONAR- SOLO EMERGENCIAS” en: Bajada Wilson (Terrazas) sobre mano izquierda, bajada WALICH SOBRE MANO DERECHA, BAJADA CALLE 1 SOBRE MANO DERECHA y bajada Ameghino sobre mano izquierda.
-Colocar cartelería reductora de velocidad a 400 metros y ambos lados de la torre de guardavidas en la bajada Pueblo Darwin
-Establecer una bajada de emergencia del vehículo guardavidas en bajada Ameghino.
Artículo 10°: Deróguense las ordenanzas 3238, 3504, 3588, 3623 y toda norma que se oponga a la presente
Artículo 11º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.