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2018 vigentes

Ordenanza nº3708

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norberto
2018 vigentes
24 Abril 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3708

 

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir el convenio adjunto con la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina, de asistencia financiera para la ejecución del proyecto “FORTALECIMIENTO DE LOS PROGRAMAS Y LINEAS DE INTERVENCION DEL AREA MUNICIPAL DE ATENCION DE LAS ADICCIONES (A.M.M.A)”

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA – AD REFERENDUM - POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ENERO DEL
AÑO DOS MIL DIECIOCHO. 

Ordenanza nº3715

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norberto
2018 vigentes
24 Abril 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3715

 

Artículo 1º: Desígnese con el nombre de “Profesor Rogelio González” a la pista de atletismo ubicada en el Polideportivo Municipal Ciudad de Punta Alta.-

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo adoptará las medidas necesarias a fin de proceder a colocar la cartelería que resulte necesaria con la finalidad de hacer conocer a la comunidad las disposiciones establecidas en el artículo precedente.-

Artículo 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias a fin de la implementación de la presente.-

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA – AD REFERENDUM - POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

Ordenanza nº3716

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norberto
2018 vigentes
24 Abril 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3716

 

Artículo 1º: Desígnese con el nombre de “Washington Rodríguez” a la bajada náutica ubicada en el balneario Arroyo Pareja.-

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo adoptará las medidas necesarias a fin de proceder a colocar la cartelería que resulte necesaria con la finalidad de hacer conocer a la comunidad las disposiciones establecidas en el artículo precedente.-

Artículo 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias a fin de la implementación de la presente.-

Artículo 4º: Establézcase la presente como excepción al inciso “h” del Artículo 2º de la Ordenanza Nº 3378.-

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA – AD REFERENDUM - POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

Ordenanza nº3717

Detalles
norberto
2018 vigentes
24 Abril 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3717

modificada por ordenanza nº 3760

 

Artículo 1º: Acéptese formalmente la donación con cargo ofrecida a la Municipalidad de Coronel Rosales por las señoras Verónica Beatriz MONDACA, DNI 26.405.351; Ana María BUYATTI, DNI 5.614.593 y el señor Reynaldo Oscar AMICARELLI, DNI 4.558.339, del inmueble de su propiedad, sito en la localidad de Punta Alta, individualizado catastralmente como Circunscripción : VI, Sección: X, Manzana: 3, Parcela: 7, Partida: 113- 10667, inscripto en la Matrícula Nº 7099 del Partido de Coronel Rosales (113).-

Artículo 2º: Condónense las deudas que por tasas retributivas de servicios municipales afecten al inmueble indicado en el Artículo anterior, hasta la fecha de la transferencia del mismo a dominio Municipal.-

Artículo 3º: Derogado por Ordenanza 3760.-

Artículo 4º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a gestionar la correspondiente escritura traslativa de dominio ante la Escribanía General de Gobierno y a efectuar las adecuaciones en el presupuesto vigente, a fin de financiar los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, como el cargo impuesto por los donantes.-

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS SEIS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

Ordenanza nº3719

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norberto
2018 vigentes
24 Abril 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3719

 

Artículo 1°: Modificase el Artículo 4 de la Ordenanza Nº 3405, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 4: El sistema que se utilizara para el control del estacionamiento medido y pago es el autorizado por la ordenanza N° 3702.
La realización de la venta y la cobranza de crédito para el estacionamiento será a través de las siguientes modalidades:
a) En la Municipalidad de Coronel Rosales, 
b) por el usuario a través de los medios de pago que le brinda su teléfono móvil mediante la aplicación Rosales Interactiva,
c) por entidades de bien público,
d) a través de comercios habilitados por el departamento ejecutivo.

Artículo 2°: Incorpórese el Artículo 4 BIS a la Ordenanza Nº 3405, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 4 BIS: A los fines previstos en el Articulo 4 se faculta al departamento ejecutivo a celebrar convenios en los que se establezcan los derechos y obligaciones de las partes a los efectos de una mejor implementación de la presente ordenanza y del sistema SEM para la venta y cobranza de crédito pre pago para estacionamiento y/o estacionamiento puntual (periodo fijo de tiempo) que utilizaran los conductores. También para los servicios de post pago, cobro de multas y otras actividades vinculadas con el desarrollo de la presente.
Por el mencionado cobro del sistema los comercios recibirán una retribución de hasta el 7% del valor de la venta de crédito pre pago para estacionamiento, servicios de post pago, y cobro de multas.

Artículo 3°: Modificase el Artículo 7 de la Ordenanza Nº 3405, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 7º: Será considerada infracción al régimen establecido por la presente ordenanza cuando los conductores procedan a estacionar un vehículo en el radio cuya obligatoriedad de pago se establece en el artículo 1 de la presente y se constate:
a) la falta de activación del sistema
b) la falta de pago de “tiempo” en los comercios habilitados a tal efecto.
Las infracciones enunciadas precedentemente serán sancionadas con multas de 4 hasta 15 módulos, la graduación de la multa estará determinada por la reincidencia del infractor.
La sanción de la multa podrá abonarse con una reducción del cincuenta por ciento (50 %) cuando exista reconocimiento voluntario para el pago de la infracción dentro de los treinta días (30) corridos en el Juzgado de Faltas Municipal o en dependencias municipales.
Asimismo, la multa podrá abonarse con igual reducción dentro de las 72 horas en los comercios adheridos.

Artículo 4º: Modificase el Artículo 8 de la Ordenanza Nº 3405, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 8º: En el momento de ser detectado un vehículo en infracción se procederá a confeccionar el acta correspondiente, colocando en el parabrisas del vehículo copia de la misma. Transcurrida una hora desde la comprobación de la infracción y siempre que sea en el horario de estacionamiento medido, se podrá retirar de la vía pública por medio de grúas a los vehículos de infracción, responsabilizándose al titular de dominio, el poseedor y/o simple tenedor del automotor estacionado, del pago del acarreo según ordenanza fiscal impositiva.

Artículo 5º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a fin de realizar las adecuaciones presupuestarias y administrativas que resulten necesarias a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por la presente.

Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES – AD REFERENDUM - EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DEL
AÑO DOS MIL DIECIOCHO. 

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