EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA 3481
modificada por ordenanza nº 4166
Artículo 1º: (texto según ordenanza nº 4166) Establézcase en el Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales la obligatoriedad de incorporar, en la oferta de los establecimientos gastronómicos, opciones alimenticias para personas con Diabetes (bajo o cero azúcares) y para personas con Hipertensión (bajo en sodio), implementados a través de un sector en sus cartas denominado “Menús Saludables y/o Light”.
Artículo 2º: (texto según ordenanza nº 4166) Los referidos Menús Saludables y/o Light se destacarán por su modificación en el valor energético, por su modificación en la composición glucídica, por su modificación en la composición lipídica, por su modificación en la composición proteica y/o por su modificación en la composición sódica, con respecto al menú original. A su vez, deberá estar acompañada por la información nutricional de cada una de ellos.
Artículo 3º: (texto según ordenanza nº 4166) Los Menús Saludables y/o Light deben conformarse por un plato (eventual) de entrada, un plato principal, un postre y bebidas cero azúcar. Además, se deberá contar con la posibilidad de incluir agua envasada dentro de los mismos.
Artículo 4º: (texto según ordenanza nº 4166) Todo el personal de cocina deberá poseer y acreditar el certificado de Manipulación de Alimentos vigente, respecto a las formas de preparación de alimentos, normas de higiene y manipulación de alimentos y de utensilios vinculados con los menús de referencia.
Artículo 5º: (texto según ordenanza nº 4166) La carta de Menús Saludables y/o Light deberá ser supervisada por un Licenciado en Nutrición, que podrá ser provisto por el Municipio local y/o con contratación directa de servicios, cuando el menú se incorpore por primera vez, así como cuando el mismo se modifique
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALE EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.