EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:
ORDENANZA 3303
modificada por ordenanza nº 4337
modificada por ordenanza nº 4471
ARTÍCULO 1°: (texto según ordenanza nº 4471) Créase el “Programa Municipal de Prevención contra el Monóxido de Carbono”, el cual tendrá por objeto promover y fortalecer los canales de información, difusión y concientización sobre los riesgos, síntomas, consecuencias y medidas preventivas vinculadas a las intoxicaciones por dicho gas
ARTÍCULO 2°: (Texto según Ordenanza 4371) El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Protección Ciudadana y Defensa Civil, o el área que en el futuro la reemplace, llevará adelante campañas de prevención y concientización sobre los riesgos del monóxido de carbono, en el marco del programa creado por el Artículo 1° de la presente. Dichas campañas deberán iniciarse durante los días previos al comienzo de la estación otoñal de cada año y extenderse, como mínimo, hasta la finalización de la temporada invernal. A tales fines, deberá brindarse a la población información clara, accesible y preventiva a través de los portales web oficiales, aplicaciones vinculadas al Municipio, dependencias municipales y todo otro medio de difusión que el Departamento Ejecutivo considere pertinente.-
ARTÍCULO 3°: (texto según ordenanza nº 4471) Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza
ARTÍCULO 4°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL ONCE.