EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:

ORDENANZA 3302


Artículo 1º: Adhiérase a la Ley Nacional 24.240 y a la Ley de la Provincia de Buenos Aires 13.133, y sus respectivas modificatorias y reglamentaciones por las cuales se implementa un sistema de protección a los consumidores y usuarios de distintos bienes y servicios.

Artículo 2º: La Municipalidad de Coronel Rosales adoptará las acciones que resulten menester a fin de garantizar la realización de los procedimientos establecidos en las normas mencionadas en el artículo 1º de la presente, en lo que respecta a la adaptación de sus estructuras orgánicas y funcionales a fin de dar cumplimiento a las finalidades establecidas en las mismas.

Artículo 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a fin de realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente.

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL ONCE.