EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE:

ORDENANZA 2796


Artículo 1º: Ratifícase y apruebase el Convenio suscripto con fecha 15 de noviembre de 1.995, entre esta Comuna y el Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires a través de la Dirección Provincial de Comercio Interior, mediante el cual dicha dirección coordinará con los Municipios las tareas; profundizando la capacitación y perfeccionamiento; asesorando permanentemente a los consumidores y usuarios, difundiendo en todos los ámbitos y sectores de la comunidad por distintos medios, los  beneficios y derechos que surgen de la normativa aplicable y realizando tareas conjuntas con los Municipios de verificación y contralor; asimismo esta comuna se compromete a efectuar a la brevedad la creación de una oficina de Información al Consumidor (OMIC) destinada a la recepción de los reclamos y la tramitación correspondiente.
 
Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-


SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.  

 

C O N V E N I O

El Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires, representado en este acto por el Señor Ministro de la Producción Dr. CARLOS BROWN y el Intendente de la Municipalidad de CORONEL ROSALES representada por Dn. HUGO MARIO GIORNO en un todo de acuerdo con el presente Convenio¬

PRIMERO: El Ministerio de la Producción, a través de la Dirección Provincial de Comercio Interior quien tiene delegadas facultades de aplicación de la Ley Nacional 1° 24.240 en jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, en virtud del Decreto N° 1427/95 con el antecedente de que se encuentra en trámite la aprobación de los decretos provinciales de procedimiento y de delegación de facultades a los municipios bonaerenses asume el compromiso que se detalla en la cláusula segunda.¬

SEGUNDO: En virtud de lo que ut supra resulta expuesto, la Dirección Provincial coordinará con los Municipios las tareas tendientes a:
1) Profundizar la capacitación perfeccionamiento de funcionarios y/o agentes Municipales encargados de la aplicación de la normativa vigente, mediante Cursos, Seminarios, Congresos y/o eventos similares.¬
2) Asesorar permanentemente por parte de los profesionales de la Dirección Provincial de Comercio Interior, a los consumidores y usuarios.¬
3) Difundir en todos los ámbitos y sectores de la comunidad, por distintos medios, los beneficios y derechos que surgen de la normativa aplicable.
4) Realizar tareas conjuntas con los Municipios, de verificación y contralor.¬

TERCERO: La Municipalidad de CORONEL ROSALES se compromete a: 
1) Crear a la brevedad dentro de su estructura orgánico-funcional una oficina de Información al Consumidor (OMIC) o asignar las funciones delegadas para la aplicación de la Ley N°  24.240 a organismo ya creado de su dependencia a los mismos fines.¬
2)  La OMIC receptará los reclamos de los consumidores vinculados a lo previsto por la Ley N° 24.240 y su reglamentación respetándose los modelos de presentación que emita la Subsecretaria de Industria, Comercio y Minería a través de la Dirección Provincial de Comercio Interior y que les serán provistos por esta última, verificando el cumplimiento de los requisitos que corresponde.¬
3)   Acto continuo, la OMIC fijará audiencia de Conciliación.
4)  Si la conciliación resultare satisfactoria, se labrará acta de acuerdo para su debido cumplimiento.¬
5) De no arribarse a un acuerdo, la OMIC remitirá la actuación a la DIRECCION PROVINCIAL DE COMERCIO INTERIOR.¬

CUARTO: La OMIC realizará el seguimiento de los tramites recepcionados, sin perjuicio de las facultades de juzgamiento que corresponden a la DIRECCION PROVINCIAL DE COMERCIO INTERIOR.¬

QUINTO: En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor e idéntico efectos, en la Ciudad de La Plata a los quince días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cinco