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2025 no vigentes

Ordenanza nº4385

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norberto
2025 no vigentes
24 Abril 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA 4385

derogada por ordenanza nº 4468


Artículo 1º: Autorícese la siguiente escala tarifaria para el servicio de Taxis en el Distrito:

•    VALOR DE LA BAJADA DE BANDERA        $1200 (PESOS MIL DOSCIENTOS)
•    VALOR DE FICHA                    $100 (PESOS CIEN)

Estas tarifas regirán las 24hs. del día los 365 días del año

Artículo 2º: La copia de esta Ordenanza deberá exhibirse en un lugar visible dentro del vehículo.-

Artículo 3º: Deróguese la Ordenanza Nº 4322 y toda norma que se oponga a la presente

Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

Ordenanza nº4386

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norberto
2025 no vigentes
24 Abril 2026
Visitas: 1

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA 4386


Artículo 1º: Acéptese formalmente al Departamento Ejecutivo en los términos de los Artículos 57º y ccs. de la Ley Orgánica de las Municipalidades, incorporar al Patrimonio Municipal la donación de cortinas tipo roller screen, dos (2) paños de 0,80 mts; un (1) paño de 1.60 x 1,60; efectuada por el señor Germán Barreiro, Delegado Municipal de Villa del Mar.-

Artículo 2°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

Ordenanza nº4387

Detalles
norberto
2025 no vigentes
24 Abril 2026
Visitas: 1

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA 4387


Artículo 1º: Acéptese formalmente al Departamento Ejecutivo en los términos de los Artículos 57º y ccs. de la Ley Orgánica de las Municipalidades, incorporar al Patrimonio Municipal la donación de cincuenta (50) sillas para alumnos; cinco (5) mesas para alumnos; dos (2) retablos; una (1) silla infantil de mimbre; una (1) caja de fibrofacil para guardar; una (1) mesa escritorio para adulto, efectuada por el Jardín 901 de nuestra ciudad.-

Artículo 2°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

 

Ordenanza nº4399

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norberto
2025 no vigentes
24 Abril 2026
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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA 4399

 

Artículo 1º: Acéptese formalmente, en los términos de los Artículos 57º y ccs. de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la donación efectuada por la Universidad Nacional del Sur (CUIT 30-54666878-5) a la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales, de los siguientes elementos:

642 colchones marca Wenzel de dos plazas y media (2½) – Código 822313
360 colchones marca Wenzel de una plana (1) – Código 82231

Artículo 2°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

Ordenanza nº4411

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norberto
2025 no vigentes
24 Abril 2026
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VISTO

La tormenta del 7 de marzo de 2025 que provocó daños en establecimientos comerciales; y

CONSIDERANDO

Que las inclemencias climáticas extremas, generan un impacto devastador en la comunidad, afectando tanto a vecinos como a comerciantes y empresarios locales. En este contexto, la aplicación de una eximición de tasas municipales se convierte en un recurso para el alivio financiero de aquellos que han sufrido daños materiales significativos y dificultades económicas derivadas del fenómeno climático;

Que es importante reconocer que muchos comercios e industrias han experimentado pérdidas severas, ya sea por la destrucción parcial o total de su infraestructura, la pérdida de mercadería o la imposibilidad de operar normalmente debido a cortes de servicios esenciales como electricidad y agua. Estas situaciones no solo representan un golpe económico inmediato, sino que también dificultan la recuperación en el mediano y largo plazo;

Que la eximición extraordinaria y por única vez de las tasas de Seguridad e Higiene y Monotasa es una herramienta efectiva para acompañar a los sectores más perjudicados en el proceso de reconstrucción y reactivación económica. Al reducir la presión tributaria sobre los contribuyentes afectados, se les permite reasignar recursos hacia la reparación de daños, la reposición de bienes y el restablecimiento de sus actividades productivas y comerciales;

Que medidas de este tipo, generan un impacto positivo en la economía local, ya que al sostener a los comercios y emprendimientos, se preservan empleos y se dinamiza el circuito económico del municipio;

Que en momentos de crisis, el rol del Estado es fundamental para garantizar la estabilidad y el bienestar de la comunidad, adoptando políticas que faciliten la recuperación y eviten el cierre definitivo de negocios que generan trabajo y aportan al desarrollo de la ciudad.

Que la eximición  extraordinaria y por única vez de las tasas de Seguridad e Higiene y Monotasa, en este contexto no debe ser vista únicamente como un beneficio para los afectados, sino como una inversión en la resiliencia y sostenibilidad de la comunidad en su conjunto. Implementar esta medida ayudará en parte a la reconstrucción del tejido económico y social;


POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA 4411

 

Artículo 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a eximir de manera extraordinaria y por única vez del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, mes de julio de 2025 y Monotasa, meses de junio y julio de 2025, a aquellos contribuyentes que acrediten de modo fehaciente haber sufrido pérdidas de mercaderías o sufrido daños materiales en sus establecimientos por la tormenta del 7 de marzo de 2025, y que hayan elevado su problemática al Municipio de Coronel Rosales hasta el 31/03/2025.

Artículo 2º: Facúltese al Departamento Ejecutivo, en caso de que se amplíen partidas de asistencia de la nación, a disponer la aplicación de la presente Ordenanza.-

Artículo 3°: La Secretaría de Economía dispondrá las normas reglamentarias para acceder a estos beneficios.-

Artículo 4°: La Secretaría de Economía dispondrá las normas reglamentarias para acceder a estos beneficios.-

Artículo 5°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.

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