EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:

ORDENANZA 3588

Derogada por ordenanza nº 4278


Artículo 1º:  Modifíquese el artículo 1º de la Ordenanza Nº 3.238, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 1º: Prohíbase el estacionamiento de vehículos en la mano Norte (sobre el frente de las viviendas) de la calle Costanera Avelino González Martínez, entre las calles San Martín y Rosales de la Villa Balnearia de Pehuén-Co. 

Artículo 2º: Elimínese el artículo 2º de la Ordenanza Nº 3.238

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA  A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.