EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:
ORDENANZA 3588
Derogada por ordenanza nº 4278
Artículo 1º: Modifíquese el artículo 1º de la Ordenanza Nº 3.238, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 1º: Prohíbase el estacionamiento de vehículos en la mano Norte (sobre el frente de las viviendas) de la calle Costanera Avelino González Martínez, entre las calles San Martín y Rosales de la Villa Balnearia de Pehuén-Co.
Artículo 2º: Elimínese el artículo 2º de la Ordenanza Nº 3.238
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.