EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEOANRDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 3274
derogada por ordenanza nº 3300
Artículo 1º: Autorízase en el Distrito de Coronel Rosales a aplicar la escala tarifaria para el Servicio de Taxis que a continuación se detalla:
POR BAJADA DE BANDERA $ 4.00
POR KILOMETRO RECORRIDO $ 2.50
LA TARIFA MÍNIMA A COBRAR SERÁ DE $ 6.50
(Comprende la Bajada de Bandera más 1 (un) Kilómetro de recorrido)
Estas tarifas regirán las 24 horas del día, para los 365 días del año.
Artículo 2º: Copia de esta Ordenanza deberá exhibirse en un lugar visible dentro del vehículo.
Artículo 3º: La aplicación de lo establecido en la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Departamento Ejecutivo.
Artículo 4º: Derógase la Ordenanza Nº 3178/09 y toda otra norma que se oponga a la presente.
Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
DADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUNTA ALTA PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES - AD REFERENDUM - A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL ONCE.