EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEOANRDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3274

derogada por ordenanza nº 3300


Artículo 1º: Autorízase en el Distrito de Coronel Rosales a aplicar la escala tarifaria para el Servicio de Taxis que a continuación se detalla:

POR BAJADA DE BANDERA                                       $ 4.00

POR KILOMETRO RECORRIDO                                 $ 2.50

LA TARIFA MÍNIMA A COBRAR SERÁ DE                 $ 6.50

(Comprende la Bajada de Bandera más 1 (un) Kilómetro de recorrido)

Estas tarifas regirán las 24 horas del día, para los 365 días del año.

Artículo 2º: Copia de esta Ordenanza deberá exhibirse en un lugar visible dentro del vehículo.

Artículo 3º: La aplicación de lo establecido en la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 4º: Derógase la Ordenanza Nº 3178/09 y toda otra norma que se oponga a la presente.

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

DADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUNTA ALTA PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES  - AD REFERENDUM - A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL ONCE.