EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3106

 

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la transmisión a título gratuito a favor de la Federación de Sociedades de Fomento, del inmueble designado catastralmente como CIRC. VI – SECC. C – MZA. 17 s – PARCELA 1, Sector C, ubicado sobre las calles Humberto I, 12 de Mayo y Roca, que cuenta con una superficie de 805,18 m2, correspondiéndole las siguientes dimensiones 10 m sobre calle Humberto I, 38,26 m. lindero al espacio verde al Norte; 32,09 m. lindero al terreno cedido al Instituto Superior de Enseñanza y 44,16 m. lindero al Barrio Gericke, cuyo croquis se adjunta al presente como Anexo I.-

ARTICULO 2º: En el inmueble de referencia deberá procederse a la construcción del edificio destinado a su sede, donde deberán desarrollarse las actividades inherentes a su labor societaria.-

ARTICULO 3º: Para la construcción del edificio deberán respetarse las normas edilicias y urbanísticas vigentes, debiendo disponer de una superficie libre destinada a estacionamiento y espacios verdes, no pudiendo la superficie a construir en Planta Baja superar el 40% del total del terreno.-

ARTICULO 4º: Determínase que la transmisión a título gratuito a que se refiere el artículo 1º, se efectuará con cargo de realizar la construcción mencionada estableciéndose un plazo de 10 años a partir de la sanción de la presente, para su concreción definitiva, produciéndose la retrocesión del dominio a esta comuna, en caso de incumplimiento.-

ARTICULO 5º: Todas las construcciones a realizar deberán contar con la aprobación previa de las Oficinas Técnicas Municipales.-

ARTICULO 6º:  Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUNTA ALTA - PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES – A LOS ONCE  DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.