EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3875

 

Artículo 1º: Dispóngase la existencia de recipientes descartadores de elementos corto punzantes en todos los centros de salud públicos del Distrito y en el Hospital Municipal “Eva Perón”, a fin que los ciudadanos puedan desechar las agujas y jeringas utilizadas en distintos tratamientos de patologías que requieren asiduamente aplicaciones con estos elementos.-

Artículo 2º: La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será la Secretaría de Salud del Municipio y deberá además dar participación a la Mesa de Salud y Educación Distrital a fin de coordinar acciones de trabajo y políticas conjuntas.-

Artículo 3°: La existencia de los puntos de recepción deberán ser comunicados e informados a la población mediante campañas de difusión a través de diversos medios de comunicación con el objeto de concientizar respecto a la importancia de la correcta disposición final de las agujas, jeringas y elementos corto punzantes utilizados en tratamientos médicos.-

Artículo 4°: La autoridad de aplicación deberá realizar las gestiones necesarias a fin de requerir al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires la provisión de descartadores para los pacientes incluidos en el PRODIABA (Programa de Prevención, Diagnóstico y Tratamiento del Paciente Diabético) como así también para los pacientes que reciban el tratamiento previsto por la Ley 13.356 de esclerosis múltiple.-

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.