EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 3553
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza 3.549 que quedará redactado de la siguiente manera: “Créase en el ámbito de la Municipalidad de Coronel Rosales una Comisión Negociadora a los efectos de la redacción definitiva y sus posteriores modificaciones, en lo que respecta a los instrumentos legales destinados a regir las relaciones de Empleo Público Municipal en el Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, conforme a lo establecido en la Ley 14.656 y/o sus modificatorias que en el futuro se sancionen y/o reemplacen.
Artículo 2º: Modifíquese el Artículo 6º de la Ordenanza 3.549, que quedará redactado de la siguiente manera: “A partir de la vigencia de la presente Ordenanza , y hasta tanto se sancione en forma definitiva el instrumento mencionado en el inciso a) del artículo 2º de la presente, la Comisión Negociadora deberá reunirse quincenalmente. La Presidencia del Honorable Concejo Deliberante será la encargada de la coordinación y funcionamiento de la misma y las convocatorias a las reuniones correspondientes”
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA A LOS DOCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.