EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA 3476


Articulo 1º: Modificase el artículo 8º de la Ordenanza Nº 3.236 que quedara redactado de la siguiente manera:

“ CIUDADANO ILUSTRE” La Distinción de “Ciudadano ilustre del Partido Coronel Rosales”, será otorgada a personas vivas, que hayan nacido o que tengan una residencia superior a los 10 años consecutivos en el distrito y que posean méritos y valores indiscutidos en beneficio del Distrito y sus vecinos, en el campo de la política, la cultura, el arte, las ciencias y la defensa de los derechos humanos, políticos y sociales y cuya acción en estas áreas hayan trascendido a nivel regional, provincial o nacional.

Articulo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


DADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.