EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3085

 

Artículo 1º: Crease el Area de atención ad-hoc de reclamos vecinales por incremento de tasas municipales, cuya función será la de atender las situaciones generadas por los aumentos previstos en la Ordenanza Fiscal e Impositiva (Ordenanzas 3.067) para el ejercicio 2008.

Artículo 2º: La oficina creada en el artículo anterior, estará integrada por personal técnico-profesional dependientes de la Secretaría de Hacienda, de Catastro, de Rentas. La respuesta al reclamo efectuado por los vecinos deberá indefectiblemente darse en un plazo no mayor de las 72 horas de efectuado el reclamo.

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo deberá dar amplia difusión a la presente a través de los espacios institucionales con que cuenta el Municipio, en los medios de comunicación local.

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

DADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD DE PUNTA ALTA EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL OCHO