EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:
ORDENANZA 2883
ARTICULO 1º: Acéptase la donación efectuada por el Sr. FERNANDO ANIBAL PEREZ, D.N.I. Nº 10.105.375, del inmueble de su propiedad individualizado como: CIRCUNSCRIPCION V – SECCION "F" – MANZANA 101 – PARCELA 16 – MATRICULA 8.190 (113 Coronel Rosales) – PARTIDA DE CONTRIBUYENTE 11.688.-
ARTICULO 2º: Condónase las deudas que por TASAS RETRIBUTIVAS DE SERVICIOS MUNICIPALES afecten al inmueble indicado en el artículo anterior hasta la promulgación de la presente Ordenanza y exímese de las que se devenguen posteriormente hasta la fecha de la transferencia al dominio municipal.-
ARTICULO 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones contables, administrativas y patrimoniales que correspondan por la aceptación de la donación, e imputar en el presupuestos de Gastos vigente, los gastos que demande la aplicación de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 4º: Aféctase el inmueble detallado en el artículo 1º al cumplimiento de la finalidad de solidaridad social, conforme lo previsto por la ley 11622 y su reglamentación.-
ARTICULO 5º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a gestionar la correspondiente escritura traslativa de dominio ante la Escribanía General de Gobierno.
ARTICULO 6º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Oficial, Hecho, Archivese.
SANCIONADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.