EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 2858

 

Artículo 1º:  Modifícase parcialmente el Anexo A, titulado Características de la Beca Primer párrafo, de la Ordenanza Nro. 2765, el cual quedara redactado en los siguientes términos:

    “ La beca será otorgada a tres alumnos regulares que cursen estudios de grado en Institutos o Universidades Públicas de Coronel Rosales o Bahía Blanca, u otra Universidad Estatal siempre que la carrera elegida no se dicte en dichos Distritos,  en atención a las necesidades económicas y la situación académica que acrediten los solicitantes y estará destinada a solventar erogaciones provenientes de razones de estudio”.

Artículo 2º:  Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA DE PRORROGA CELEBRADA A LOS DOCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE  DEL AÑO DOS MIL DOS.