EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE:

ORDENANZA Nº 2757


Artículo 1º: El Municipio de Coronel de Marina Leonardo Rosales adhiere en todos sus términos a la Ley Provincial Nº 12.443 de Inversiones para Bosques Cultivados.

Artículo 2º: La autoridad de aplicación del Régimen de Inversiones para Bosques Cultivados en el ámbito del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales será la Dirección de Inversiones e Intercambio.

Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a constituir Entes o Consorcios Intermunicipales para la aplicación del Régimen de Inversiones establecido por Ley 12.443.

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL.