EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2730
modificada por ordenanza nº 2947
Artículo 1º: (texto según ordenanza nº 2947) Fijase como horario de cierre nocturno para el Distrito de Coronel Rosales, el de la hora 06.00, respecto de los establecimientos que a continuación se enumeran: confiterías, café concert, pub, traguerías, confiterías bailables, discotecas, discos, salas de baile, clubes ´, bares nocturnos, dancing, boites, y demás ámbitos de esparcimiento y diversión.
Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL.