EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2730

modificada por ordenanza nº 2947


Artículo 1º: (texto según ordenanza nº 2947) Fijase como horario de cierre nocturno para el Distrito de Coronel Rosales, el de la hora 06.00, respecto de los establecimientos que a continuación se enumeran: confiterías, café concert, pub, traguerías, confiterías bailables, discotecas, discos, salas de baile, clubes ´, bares nocturnos, dancing, boites, y demás ámbitos de esparcimiento y diversión.  

Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL.