EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2690


Artículo 1°: Modifíquese el Artículo 2° de la Ordenanza N° 190, incorporando como inciso g)- el siguiente:

“g)- Con los nombres de especies de los Reinos Vegetal y Animal, como así también nombres genéricos relativos a la Naturaleza, Mitológicos y Toponimias Lugareñas.”

Artículo 2°: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.