EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2631
Artículo 1°: Prohíbese la construcción de Monumentos, Monolitos y/o cualquier otra instalación fija o móvil en los canteros existentes en la calle Tucumán entre Diagonal Sarmiento y Alem. Unicamente se autorizará la colocación de bancos y glorietas en dicho espacio, en los lugares y con las especificaciones técnicas, que el Departamento Ejecutivo determine.
Artículo 2°: La parquización del Area que se cita en el Artículo 1° de la presente deberá ajustarse a la modalidad que establecen las Ordenanzas vigentes, privilegiando las especies que no afecten en su desarrollo radicular el conducto perteneciente al desagüe pluvial subterráneo.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2633
Artículo 1°: Dispónese en todas las calles pavimentadas de la ciudad que el estacionamiento de vehículos en la vía pública en el espacio horario que va desde la hora 00.00 hasta la hora 06,00, deberá efectuarse los días pares sobre las aceras correspondientes a los números pares, y los días impares sobre las aceras correspondientes a los números impares, respetándose en todos los casos los lugares reservados para la detención de transporte público de pasajeros.
Artículo 2°: Establécese una multa equivalente a DIEZ (10) MODULOS (Artículo 16° Ordenanza N° 1.999) a quienes infrinjan los términos de la presente Ordenanza, sin perjuicio de los derechos que correspondan por retiro y traslado de los vehículos infraccionados, conforme a lo previsto en la Ordenanza Fiscal e Impositiva.
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2642
Declara el sitio ubicado en la calle Rivadavia esquina Brown, como referencia histórica.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2645
modificada por ordenanza nº 2675
modificada por ordenanza nº 2789
Artículo 1°: Modifícase el Artículo 1° de la Ordenanza 2.007, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1°: Establécese la circulación en la calle Villanueva en sentido ascendente, y prohíbese el estacionamiento sobre la acera de los números impares.”
Artículo 2°: (derogado por ordenanza nº 2789) Modifícase el Artículo 2° de la Ordenanza 2.007, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2°: Modifícase el recorrido de la Línea 502 perteneciente a la Empresa “Ciudad de Punta Alta, de acuerdo al siguiente recorrido:
SALIDA: Belgrano y Sargento Cabral, por Sargento Cabral hasta Alvear, por Alvear hasta calle Libertad, por Libertad hasta la calle 12 de Octubre, 12 de Octubre hasta España, Espa-ña hasta calle corrientes, de Corrientes hasta la calle Dorrego, de Dorrego hasta la calle Alem, Alem hasta paso a nivel calle Espora, por Espora hasta Rosales, por Rosales hasta Brown, por Brown hasta Mitre, desde Mitre hasta Roca, por Roca hasta Rosales, por Rosales hasta Colón, Colón al acceso B. N. P. B. (Puesto N° 1) y de allí al Cuartel Base.
REGRESO: (texto según ordenanza nº 2675) Cuartel Base hasta Puesto N° 1 B. N. P. B. hasta Colón, desde Colón hasta Alberdi, desde Alberdi hasta Humberto I°, desde Humberto I° hasta Urquiza, desde Urquiza hasta 25 de Mayo, por 25 de Mayo hasta Rivadavia, por Rivadavia hasta Murature, por Murature hasta Rosales, por Rosales hasta Paso, por Paso hasta Villanueva, por Villanueva hasta Espora, Paso a Nivel Saavedra, por Saavedra hasta Jesús María, por Jesús María hasta Florida, por Florida hasta Belgrano, Belgrano hasta Moreno, por Moreno hasta José Ingenieros, por José Ingenieros hasta Falucho, por Falucho hasta Dufaurq, por Dufaurq hasta Rosario, por Rosario hasta 12 de Octubre, por 12 de Octubre hasta La Plata, por La Plata hasta Belgrano, por Belgrano estacionando sobre Sargento Cabral.
Artículo 3°: Modifícase el Artículo 4° de la Ordenanza 2.007, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Artículo 4°: Establécese el siguiente recorrido para el tránsito de camiones:
DE RUTA 249: Avenida Tucumán, Bernardo de Irigoyen (sentido descendente), Rodríquez Peña, Pellegrini, Espora, 11 de Setiembre, Humberto I°, 12 de Mayo, Avenida colón.”
Artículo 4°: Procédase a la señalización respectiva, autorizando al Departamento Ejecutivo a efectuar los gastos que demande la presente.
Artículo 5°: Deróganse las Ordenanzas 2.239, 2.329 y 2.461 y toda otra norma que se oponga a la presente.
Artículo 6°: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.