EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2558
Corresponde al Expte. D-83/96.
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a crear en el ámbito del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, el Taller Protegido "Indio Fermín".
Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir con el Consejo Provincial de la Familia y Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, un Convenio por medio del cual el Organismo Provincial citado subsidiará al Taller Protegido "Indio Fermín", por el régimen de Becas, la atención de discapacitados jóvenes y adultos, deficientes mentales y/o disminuidos físicos, que por su deficiencia no pueden trabajar en el mercado laboral competitivo.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.