EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 1840

 

                                                                                    Corresponde al Expte. S-245.

Artículo 1º: Créase en el ámbito de la Dirección de Acción Social el Centro de la Tercera Edad del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales.

Artículo 2º: Los principales objetivos del precitado Centro serán:
- Modificar el prejuicio general de la incapacidad de la tercera edad para constituirse en elemento productivo para nuestra sociedad.
- Estimular la participación general de dicha población.
- Coordinación y organización de organismos e instituciones intermedias creando espacios de comunicación.
- Proporcionar un lugar de trabajo a la población añosa donde pueda realizar actividades útiles.
- Suministrar alternativas donde el grupo pueda integrarse y dejarnos el legado de sus años de experiencia; promoviendo la creación de talleres.

Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a convenir con las respectivas instituciones y ad - referendum de este Honorable Concejo Deliberante, la utilización de las instalaciones de A.T.E. y del polideportivo del Club Ateneo para el funcionamiento del referido Centro.

Artículo 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a dictar las normas reglamentarias que estime necesarias.

Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo propondrá las modificaciones y adecuaciones presupuestarias que estime necesarias para el funcionamiento del Centro creado por la presente.

Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.