EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.615


Artículo 1°: Referénciese el solar ubicado en la calle Rivadavia 124 de nuestra ciudad como el lugar donde desempeñó su labor profesional el primer Médico de Punta Alta, Dr. Ramón AYALA TORALES.

Artículo 2°: A los efectos del Artículo 1°, colóquese un cartel alusivo según las normas vigentes que contenga la siguiente inscripción:

“En este lugar funcionó el consultorio del primer médico que tuvo nuestra ciudad, el Sr. Ramón Ayala Torales”.

Artículo 3°: Impútense  los  gastos que demande la instrumentación de la presente a las Partidas correspondientes del Presupuesto  Anual vigente.

Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.