EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº2602
Artículo 1°: Facultase al D.E a contratar la instalación y puesta en funcionamiento del sistema de comunicaciones y transferencia de datos con base informática, INTERNET, tanto en el ámbito municipal como en dependencias del H.C.D.-
Artículo 2°: Quien resultare adjudicatario de la mencionada instalación, deberá además impartir un curso básico que permita operar dicho sistema a los agentes municipales que corresponda.-
Artículo 3°: Los gastos que demande la aplicación de la presente Ordenanza serán imputados a la partida correspondiente del presupuesto de gastos vigente.-
Artículo 4°: Registrase, comuníquese, Dése al boletín municipal, hecho, Archivese.-
Dada 8/5/97.-