EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº2602

 

Artículo 1°: Facultase al D.E a contratar la instalación y puesta en funcionamiento del sistema de comunicaciones y transferencia de datos con base informática, INTERNET, tanto en el ámbito municipal como en dependencias del H.C.D.-

Artículo 2°: Quien resultare adjudicatario de la mencionada instalación, deberá además impartir un curso básico que permita  operar dicho sistema a los agentes municipales que corresponda.-

Artículo 3°: Los gastos que demande la aplicación de la presente Ordenanza serán imputados a la partida correspondiente del presupuesto de gastos  vigente.-

Artículo 4°: Registrase, comuníquese, Dése al boletín municipal, hecho, Archivese.-

 

Dada 8/5/97.-