EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 2.515
Artículo 1º: Convalídase el Convenio Nº 09 084/94 celebrado entre la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a través del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, para la ampliación y terminación de Diez (10) viviendas en el Partido de Coronel Rosales (un dormitorio y detalles de terminación por vivienda) del emprendimiento PROCASA I, cuyas actuaciones corren por Expediente 2.416-4047/88, que se agrega como Anexo I, constando de cuatro (4) Fs., y que forma parte integrante del presente.
Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a contemplar en Ejercicios futuros las ade-cuaciones Presupuestarias necesarias para integrar los fondos asignados al Municipio, de acuer-do a las disposiciones del Convenio respectivo.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS DOCE DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NO-VENTA Y CINCO.