EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA Nº 2.514


Artículo 1º: Convalídase el Convenio Nº 09 082/94 celebrado entre la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a través del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, para la ampliación y terminación de Diez (12) viviendas en el Partido de Coronel Rosales (un dormitorio y detalles de terminación por vivienda) del emprendimiento PROCASA II, cuyas actuaciones corren por Expediente 2.416-6063/88, que se agrega como Anexo I, constando de cuatro (4) Fs., y que forma parte integrante del presente.

Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a contemplar en Ejercicios futuros las adecuaciones Presupuestarias necesarias para integrar los fondos asignados al Municipio, de acuerdo a las disposiciones del Convenio respectivo.

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS DOCE DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.