EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3477

derogada por ordenanza nº 3497


ARTICULO 1: Autorízase el siguiente cuadro tarifario para el servicio de Transporte Urbano de Pasajeros del Distrito de Coronel Rosales:

BOLETO UNICO……………………………......……..$ 5.00 a partir del 1° de Agosto del corriente año.
BOLETO PUNTA ALTA-VILLA ARIAS………...$ 5.50 a partir del 1° de Agosto del corriente año.


BOLETO ESTUDIANTIL

Polimodal y E.G.B.............................................$ 50% Descuento c/abono (hasta 19.30 Horas)
Terciario y Universitario………………………. $ 20% de Descuento c/abono

ARTICULO 2: Deróguese, por aplicación de lo establecido en la presente, la Ordenanza Nº 3432, y cualquier otra que se oponga a lo establecido en esta norma.

ARTICULO 3: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE  CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD DE PUNTA ALTA EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.