EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:
ORDENANZA 3458
Artículo 1: Suspender la vigencia y aplicación de la Ordenanza Nro. 2162, modificatorias y concordantes, relacionadas a la temática referida por las mismas, en todos los casos dictadas por este Honorable Cuerpo, por el plazo de 365 días a partir de la puesta en vigencia de la presente, periodo por el cual se efectuara una revisión de dichos textos legales.
Artículo 2: Durante el lapso de suspensión establecido en el artículo anterior, el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área competente, efectuara un relevamiento detallado con informe circunstanciado del estado de situación y cumplimiento de las estipulaciones establecidas, sobre las cesiones y/o tenencias de carácter provisorios efectuadas en el marco de dicho texto normativo y/o bajo cualquier otra figura legal, en el sector del Bosque Encantado en Pehuén-Co, debiendo remitir dichos antecedentes al Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales antes del vencimiento del plazo de suspensión establecido por esta norma.
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA DE LA PROXIMA SESION ORDINARIA A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE.