EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3440
DEROGADA POR ORDENANZA 3457


Artículo 1º: Autorizase a la Asociación Taxistas Unidos de Coronel Rosales, a aplicar la escala tarifaria para el servicio de Taxis, que a continuación se detalla

POR BAJADA DE BANDERA                                       $ 8.00

POR CADA 100 METROS RECORRIDOS                    $ 0.60

Estas tarifas regirán las 24 horas del día, para los 365 días del año.

Artículo 2º: Copia de esta Ordenanza deberá exhibirse en un lugar visible dentro del vehículo.

Artículo 3º: La aplicación de lo establecido en la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación por el Departamento Ejecutivo.

Artículo 4º: Derogase la Ordenanza Nº 3415/13 y toda otra norma que se oponga a la presente.

Artículo 5º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.