EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:

ORDENANZA 3343


Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a fin que, en los juicios de apremio promovidos por la Municipalidad de Coronel Rosales, y en el estado procesal en que los mismos se encuentren, se proceda a citar al demandado y/o demandados a los efectos de celebrar una audiencia de conciliación, destinada a acordar una forma de pago de la deuda que se encuentra en ejecución judicial, lo que en ningún modo implicará condonaciones y/o reducciones de capital y/o sus distintos accesorios.

Artículo 2º: En ningún caso podrán establecer los acuerdos de pago referidos en el artículo 1º de la presente beneficios mayores (en cuanto a capital, intereses y demás accesorios), que aquellos previstos por la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente para la generalidad de los contribuyentes y demás responsables que se encuentran en etapa de reclamo extrajudicial de las deudas y ello sin perjuicio del pago de las costas judiciales derivadas de la ejecución conforme lo establecido por las normas vigentes.

Artículo 3º: Los acuerdos de pago que se facultan a celebrar conforme lo previsto en la presente, no se extienden a la totalidad de las costas y gastos judiciales derivadas de la ejecución, las que deberán cancelarse conforme lo previsto por la normativa vigente y aplicable en la materia.

Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a reglamentar la presente, en un plazo de 90 días a partir de su promulgación, disponiendo en forma detallada la operatividad, plazos de implementación, el procedimiento a seguir y los distintos aspectos relacionados con el mismo que permitan su más efectiva aplicación.

Artículo 5º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a fin de realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente.

Artículo 6°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.


SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DOCE.