EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:
ORDENANZA 3333
modificada por ordenanza nº 3376
Artículo 1º: La Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales, se regirá durante el año 2.012 por el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: Fijase en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 142.884.893,84) el Presupuesto General consolidado de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales para el ejercicio 2.012 en un todo de acuerdo a los formularios que se adjuntan y que forman parte de la presente Ordenanza
Artículo 3º: Estímese en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 142.884.893,84) los recursos destinados a la financiación del Presupuesto General Consolidado de 2.012 de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales.
Artículo 4º: Fijase en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO ($ 138.256.471) el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central que se regirá para el ejercicio 2.012.
Artículo 5º: Fijase en la suma de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTOCHO MIL CUATROSCIEINTOS VEINTODS CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 4.628.422,84), el Presupuesto de Erogaciones del Honorable Concejo Deliberante que regirá para el ejercicio 2.012.
Artículo 6º: Fijase en SEISCIENTOS DOS (602) el número de cargos de la planta permanente conforme a la planilla anexo “A” que forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo 7º: Apruébese la escala de sueldos del Personal Superior y Funcionarios de Ley conforme el anexo “B”, que forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo 8º: Fijase las asignaciones familiares para el personal Municipal conforme a los montos y conceptos establecidos por la ley 24714, sus modificatorias y complementarias.
Artículo 9º: Fijase la compensación por gastos de representación para el Intendente Municipal, en la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.000).
Artículo 10º: El Departamento Ejecutivo remitirá al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE copia de los decretos que dicte aceptando donaciones hasta un monto de pesos CINCUENTA MIL ($ 50.000.-)
Artículo 11º: El Departamento Ejecutivo remitirá copia al HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de los decretos que dicte otorgando subsidios a Entidades Públicas y/o Privadas.
Artículo 12º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a celebrar Convenios destinados a la Consolidación de Obligaciones Municipales conducentes a mantener el equilibrio financiero prescripto por la Ley 11.582, modificatoria de la Ley Orgánica de las Municipalidades y la Ley 13.295 de Responsabilidad Fiscal y a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes.
Artículo 13º: Facultase al Departamento Ejecutivo, con carácter General, y dentro del ejercicio, a realizar transferencias de créditos entre todas las partidas de las distintas Jurisdicciones en que se compone el Presupuesto, con otras partidas que arrojen economía, siempre que ellas conserven crédito para cubrir las necesidades del ejercicio, previa intervención de la Contaduría Municipal según lo establecido en el inciso 4 del artículo 187 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 14º : Autorizase al Departamento Ejecutivo para el ejercicio 2.012 a liquidar la bonificación por antigüedad a todos los funcionarios de carácter político en los términos del artículo 19 inciso b) de la Ley 11.757,
Artículo 15º: Deróguese toda otra Ordenanza que se oponga a la presente.
Artículo 16º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DOCE.