EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 3297
Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal – en los términos del Artículo 54º de la Ley Orgánica de las Municipalidades – a efectuar la adquisición del inmueble ubicado en Pehuén – Có, identificado catastralmente como Circunscripción VII, Sección A, Manzana 84, Parcela 16, Partida 40.223, con una superficie de 800 metros cuadrados.
Artículo 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar con los sujetos debidamente legitimados, el correspondiente boleto de compraventa y los trámites necesarios que resulten pertinentes, para la obtención de la titularidad de dominio a nombre de la Municipalidad de Coronel Rosales.
Artículo 3°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias para afrontar la erogación que implique el cumplimiento de la presente ordenanza.
Artículo 4°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA – AD REFERENDUM - A LOS DIECISIETE DIAS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL ONCE.