EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEOANRDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 3256
derogada por ordenanza nº 3637
Artículo 1°: A partir del 1° de Enero del año 2011 se establece que en todo tipo de documentación que emita el Departamento Ejecutivo Municipal del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales (léase tasas municipales, notas internas y externas, ordenes de servicio, de compra, de pago, etc.) se agregue, en uno de los márgenes y de forma visible, la leyenda: "Donar órganos, donar sangre, es donar vida".
Artículo 2°: A partir del 1° de Enero del año 2011 se establece que en todo tipo de documentación que emita el Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales (léase sanciones de ordenanzas, decretos, resoluciones, comunicaciones, notas internas y externas, etc..) se agregue, en uno de los márgenes y de forma visible, la leyenda: "Donar órganos, donar sangre, es donar vida".
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
DADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.