EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES HA SANCIONADO CON FUERZA DE:
ORDENANZA 3183
ARTICULO Nº 1: Fíjese en el ámbito de la localidad de Pehuén-Có como horario habilitado para riego de jardines y espacios verdes, el de 06: 00 hs a 09: 00 hs., y de 21:00 hs a 24:00 hs
ARTICULO Nº 2: El Departamento Ejecutivo realizará, mientras dure la emergencia hídrica, una campaña de concientización del uso racional del agua, especialmente dirigida a la Villa Balnearia. Se deberá destacar el respeto al horario de riego mencionado Supra.
ARTICULO Nº 3: Lo estipulado en el Art. Nº 1 tendrá vigencia hasta tanto dure la emergencia hídrica decretada por el Gob. Daniel Scioli mediante el decreto N º 1518/09.
ARTICULO Nº 4: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUNTA ALTA PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.