EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE

ORDENANZA 3054


ARTICULO 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a enajenar mediante remate público, sin base, al contado y al mejor postor, los bienes cuya planilla agregada a Fojas 15 y 16 del expediente de referencia, se aprueba y forma parte integrante de la presente ordenanza, con excepción de los lotes 26 y 32 incluidos en el listado de lotes que obra en fojas 16.

ARTICULO 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo a designar de la nómina de los inscriptos en el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos del Departamento Judicial Bahía Blanca al Martillero que efectuará el remate.

ARTICULO 3: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.

 

SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE  CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD DE PUNTA ALTA EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.