EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE HA SANCIONADO CON FUERZA DE
ORDENANZA 3051
Derogada por ordenanza nº 3290
ARTICULO 1: Modificase el Artículo 1º de la Ordenanza 2.340, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1: Conformase una “Comisión Permanente de Seguimiento de la Situación del Personal Civil de las Fuerzas Armadas, y de la Actividad Productiva Integral del Área Naval Puerto Belgrano”, integrada por:
• Sr. Intendente Municipal
• Sr. Presidente Honorable Concejo Deliberante
• Un Concejal por cada uno de los Bloques que componen el Honorable Concejo Deliberante
• Un representante de P.E.C.I.F.A.
• Un Representante de A.T.E.
• Un representante de A.P.C.J.
• Un representante de U.P.C.N.
• Un representante de U.C.I.A.P.A.
• Un representante de la Cámara de Reparaciones Navales.
ARTICULO 2: Regístrese, Comuníquese, Dése al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD DE PUNTA ALTA EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA A LOS OCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.